Membresías IRTA

Mediante el dictado de la resolución 102-08  y resolución 154-14 el Consejo de Administración de la Fundación IRTA ha establecido las bases y requisitos para adquirir el rol de Miembro Adherente de la Institución. A continuación se transcribe la normativa. Para mayor información utilice cualquiera de nuestras vías de contacto.

Resolución 102 /08
 

REQUISITOS PARA MEMBRESIAS :

FUNDAMENTOS:
Conforme lo dispone el art. 29 del Estatuto Fundacional "Serán adherentes todas aquellas personas físicas o jurídicas que en forma libre y decidida expresen interes en promover la protección del medio ambiente y la participación en ese proceso de la sociedad civil , especialmente de entidades académicas, educativas, profesionales, empresarios y sus diversas organizaciones y todas aquellas personas físicas o jurídicas que deseen realizar aportes a la misma, compatibles con sus fines. En todos los casos las solicitudes deberán ser aprobadas por el Consejo de Administración y contar con el voto afirmativo del miembro permanente" En tal inteligencia, el Consejo de Administración, dando cumplimiento a lo dispuesto en Acta de fecha dos de Septiembre de 2008, resuelve: Art. 1º: Capacidad. Podrán ser miembros adherentes; todas aquellas personas físicas, mayores de 21 años de edad, que posean medio lícito de vida y las personas jurídicas, debidamente inscriptas en los correspondientes registros nacionales y/o provinciales; que encuadren en los requisitos previstos en el art. 29 del Estatuto Fundacional y por el art. 2º de la presente resolución. Art. 2º: Membresías. Las membresías se clasificaran de acuerdo a los siguientes parámetros: Membresía Platinum Internacional: Serán aquellos adherentes de reconocido prestigio profesional, científico, intelectual o empresarial -cuyos antecedentes serán previamente evaluados mediante el correspondiente currículum vitae en caso de personas físicas o trayectoria societaria en caso de personas jurídicas-, por el Consejo de Administración de la Fundación y que a su juicio sean merecedores de gozar de esta membresía. Los aspirantes deberán poseer título universitario o terciario o acreditar trayectoria empresarial en el país. En el caso de personas jurídicas deberán poseer una antigüedad mínima de cinco años desde su inscripción registral. Todos los aspirantes a esta categoría deberán contar con al menos 2 (dos) referencias por escrito. Aporte anual: pesos diez mil o superior. Membresía Oro: Serán aquellos adherentes de reconocido prestigio profesional, científico, intelectual o empresarial cuyos antecedentes serán previamente evaluados mediante el correspondiente currículum vitae en caso de personas físicas o trayectoria social en caso de personas jurídicas, por el Consejo de Administración de la Fundación y que a su juicio sean merecedores de gozar de esta membresía. Aporte anual: pesos cinco mil. Membresía Standard: Serán aquellos adherentes que siendo personas físicas o jurídicas deseen realizar su aporte para el cumplimiento del objeto de la Fundación. Aporte anual: pesos tres mil. Art. 3º: Beneficios. Todos los miembros adherentes de las categorías "PLATINUM INTERNACIONAL" y "ORO" gozaran de los siguientes beneficios: CREDENCIAL: serán provistos de una credencial internacional identificatoria, conforme su categorización. En el caso de membresías corporativas se otorgaran hasta 3 (tres) credenciales. INFORME TRIMESTRAL: recibirán en forma trimestral un informe acerca de las actividades, proyectos, eventos y resultados de las investigaciones realizados por la Institución. BECAS: en el caso de membresías corporativas y siempre que se cumplan los requisitos de ingreso establecidos por la Fundación, se otorgaran hasta 4 (cuatro) becas de estudio y/o pasantías rentadas para el personal de la empresa. EVENTOS: (solo para categoría "PLATINUM INTERNACIONAL") recibirán hasta 4 (cuatro) invitaciones por membresía sin cargo para todos los eventos, conferencias, coloquios y talleres que realice la Fundación, tanto a nivel nacional como internacional. Beneficios comunes a todas las categorías: CERTIFICADO: será otorgado un certificado especial que acredite su calidad de miembro adherente, conforme su categorización.. BIBLIOTECA INFORMATICA: A partir de su puesta en funcionamiento todos los miembros adherentes gozaran de libre acceso a la Biblioteca Informatica en la cual se podrán consultar los temas que son objeto de investigación por parte de la Fundación. BOLETIN INFORMATICO: recibirán un boletín informático actualizado en relación a los últimos avances en materia de cambio climático, medio ambiente y ecología en general. Art. 4º: Distinciones. Instituyese el "Premio Anual Fundación IRTA" cuyo beneficiario será seleccionado entre los miembros de las categorías "PLATINUM INTERNACIONAL" y "ORO" por un jurado compuesto por los miembros del Consejo de Administración y el Director Ejecutivo, quien definirá por mayoría simple, o en caso de empate por doble voto del presidente y en base a los méritos individuales de los miembros adherentes, pudiendo quedar vacante el premio en caso de no alcanzarse los objetivos mínimos. El premio anual consistirá en la suma de $50.000.- (pesos cincuenta mil) en efectivo y un certificado internacional que acredite la calidad de premiado y se considerará un reconocimiento a quien hubiere realizado los mayores aportes, tareas y obras en relación a la promoción y desarrollo del objeto de la Fundación. El Consejo de Administración tendrá plena capacidad para disminuir el monto del premio en caso de no obtenerse los fondos necesarios conforme el art. 6º o de incrementarlo en caso inverso. En caso de remanente de los fondos del art. 6º el Consejo de Administración podrá asimismo otorgar un segundo y tercer premio anual, siempre conforme las disponibilidades. Art. 5º: Consejo Asesor. Todos los miembros de la categoría "PLATINUM INTERNACIONAL" podrán ser aspirantes a integrar -a partir del quinto año de su membresía- el Consejo Asesor de la Fundación, incluyendo su presidencia o secretaria, pudiendo acortarse dicho plazo si a criterio del Consejo de Administración el aspirante, en base a su trayectoria y antecedentes, justificara debidamente la excepción. Conforme el art. 26 del Estatuto fundacional solo se admitirán hasta 20 (veinte) miembros en el Consejo Asesor, motivo por el cual la integración de miembros se realizará hasta el máximo permitido. Art. 6º: El aporte anual de los miembros adherentes se abonará por adelantado y con la posibilidad de hacerlo hasta en dos cuotas iguales. El pago será efectuado en la entidad bancaria que indique la Fundación, con tarjeta de crédito o mediante cobrador debidamente habilitado. Las sumas recaudadas serán destinadas exclusivamente al otorgamiento de becas y pasantías, publicaciones y otorgamiento del premio anual. Art. 7º: Regístrese por Secretaria, publíquese en el Boletín Informático y archívese. Dr. Marcelo E. Peña Presidente Dr. Ruben E. Duquelsky Vicepresidente Ante mi, Dr. Enrique S. Queirolo Secretario.

Resolución 154/14:

Modificatoria de la resolución 102/08. Se modifican los montos establecidos en el art. 2  "Las membresías se clasificaran de acuerdo a los siguientes parámetros: Membresía Platinum Internacional: Serán aquellos adherentes de reconocido prestigio profesional, científico, intelectual o empresarial -cuyos antecedentes serán previamente evaluados mediante el correspondiente currículum vitae en caso de personas físicas o trayectoria societaria en caso de personas jurídicas-, por el Consejo de Administración de la Fundación y que a su juicio sean merecedores de gozar de esta membresía. Los aspirantes deberán poseer título universitario o terciario o acreditar trayectoria empresarial en el país. En el caso de personas jurídicas deberán poseer una antigüedad mínima de cinco años desde su inscripción registral. Todos los aspirantes a esta categoría deberán contar con al menos 2 (dos) referencias por escrito. Aporte anual: pesos cincuenta mil o superior. Membresía Oro: Serán aquellos adherentes de reconocido prestigio profesional, científico, intelectual o empresarial cuyos antecedentes serán previamente evaluados mediante el correspondiente currículum vitae en caso de personas físicas o trayectoria social en caso de personas jurídicas, por el Consejo de Administración de la Fundación y que a su juicio sean merecedores de gozar de esta membresía. Aporte anual: pesos veinte mil. Membresía Standard: Serán aquellos adherentes que siendo personas físicas o jurídicas deseen realizar su aporte para el cumplimiento del objeto de la Fundación. Aporte anual: pesos diez mil.  Regístrese por Secretaria, publíquese en el Boletín Informático y archívese. Dr. Marcelo E. Peña Presidente Dr. Ruben E. Duquelsky Vicepresidente Ante mi, Dr. Enrique S. Queirolo Secretario."